¿Quien puede prestar legalmente el servicio de burofax?
Como ya comentamos en un artículo anterior, un burofax es un medio de mensajería perfecto para enviar documentos en formato físico de forma urgente y con validez legal para demostrar, de forma fehaciente, el envío, el contenido de los mismos y los datos asociados como la fecha y la hora.
En el mercado encontramos diferentes empresas que se denominan así mismas como prestadoras de servicios postales, pero es importante de cara a utilizar estos servicios tener en cuenta que la empresa con la que está contratando cumple con los requisitos legalmente establecidos para poder prestar legalmente el servicio de burofax.
No todas las empresas que se publicitan así mismas como prestadoras de servicios postales, o que ofertan el servicio de envío de burofax están habilitadas para la prestación de este servicio, para ello es necesario cumplir con las condiciones que establece la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal (en adelante LSPU); estos requisitos son:
- Contar con la debida autorización administrativa. La empresa debe estar autorizada por la Comisión Nacional del Sector Postal (CNSP) para poder prestar los servicios postales dentro de España. (Art. 44 LSPU).
- La empresa que presta el servicio tiene el deber de cumplir con la normativa aplicable en materia de protección de datos. Deberá garantizar la privacidad y confidencialidad de los datos de los remitentes y destinatarios, así como del contenido del mensaje. (Art. 7 LSPU).
- El servicio debe ser de calidad, incluyendo la rapidez y la fiabilidad en la entrega de los burofaxes. (Art. 8 LSPU).
- La contabilidad de la empresa debe ser clara. Se tienen que poder distinguir los ingresos percibidos por el servicio de burofax de los demás. (Art. 26.4 LSPU).
La empresa que cumpla con los requisitos aparecerá en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales. Servicios de Mailcertificado SL, que actúa bajo la marca comercial Codicert, consta en la lista como operador postal tipo B. El registro antes mencionado otorga a los consumidores información del tipo de autorización con la que cuenta el prestador del servicio. Existen dos tipos de autorizaciones:
- Tipo A: Son operadores que prestan servicios postales que no están incluidos en el ámbito del Servicio Postal Universal.
- Tipo B: Son operadores que prestan servicios que sí están incluidos en el ámbito del Servicio Postal Universal.
El cumplimiento de estos requisitos es fundamental para que el consumidor que va contratar un servicio de envío de burofax cuente con las garantías mínimas de que el envío se va a llevar a cabo con la máxima diligencia posible, ya que estamos ante unos estándares mínimos que establece la ley.
Con el objetivo de dotar de mayor seguridad jurídica a productos postales como el burofax y a la prestación del servicio, la ley establece un régimen sancionador para las empresas que ofrezcan estos servicios sin dar cumplimiento de sus obligaciones con multas que pueden ir desde los 200€ hasta los 400.000€. Es esencial para la prestación de este tipo de servicios actuar acorde a la ley.
Es importante que antes de contratar uno de estos servicios los clientes comprueben si la empresa figura en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales, existen empresas de bajo coste que ofrecen estos servicios sin estar habilitadas para ello, lo que puede traer problemas al no cumplir con lo dispuesto en la ley dejando en entredicho el envío, ya que la ventaja principal del burofax es su valor probatorio, por lo que si queremos valernos de este medio como prueba en un posible proceso judicial deberemos elegir el producto con cuidado.
Codicert ofrece un servicio de burofax con todas las garantías legales y a un precio altamente competitivo, para enviarlo hay que seguir unos sencillos pasos: el remitente solamente tendrá que indicar los datos necesarios para poder hacer la entrega al destinatario (nombre, dirección, datos de la empresa si fuese el caso, un teléfono de contacto…) y deberá adjuntar el contenido del mismo, una vez realizada la entrega del burofax al destinatario este debe firmar un acuse de recibo que será puesto a disposición del remitente a través de la plataforma de usuario.